Documentación REPSE

Documentación REPSE para prestadoras y contratantes

En ZyA somos reconocidos por el talento de nuestros colaboradores y la confianza de nuestros clientes y proveedores, al demostrar con resultados medibles y palpables que nuestro servicio profesional aporta valor a sus negocios.

Descripción

¿En qué consiste nuestro servicio de Documentación REPSE?

Para que los pagos por servicios especializados sean deducibles y el IVA sea acreditable, el contratante debe obtener de su proveedor cierta documentación que acredita el cumplimiento de sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social. Integramos y revisamos ese expediente, tanto si eres prestadora como contratante.

Servicios

Servicios de Documentación REPSE

Esto incluye nuestro servicio de documentación REPSE:

Definición de los entregables por contrato y su periodicidad.

Integración de los entregables de la prestadora.

Revisión de la documentación recibida por el contratante.

Conciliación de CFDI de nómina, cuotas y declaraciones.

Expediente por proveedor y por contrato.

Alertas por documentación faltante o inconsistente.

Deducibilidad

¿Por qué importa la documentación REPSE?

Las leyes del ISR y del IVA condicionan la deducción y el acreditamiento de los pagos por servicios especializados a que el contratante obtenga del proveedor la documentación que acredita que cumplió con sus obligaciones.

Sin documentos, no hay deducción. El expediente es la evidencia ante el SAT de que el servicio y el cumplimiento fueron reales.

Entregables

Qué se entrega y qué se solicita

La prestadora entrega

  • Copia del registro REPSE vigente.
  • CFDI de nómina de los trabajadores asignados al servicio.
  • Comprobantes de pago de cuotas al IMSS y aportaciones al INFONAVIT.
  • Declaraciones de entero de retenciones de ISR y de IVA, con su acuse de pago.
Prestadora

El contratante verifica

  • Que el registro REPSE esté vigente y cubra la actividad contratada.
  • Que los CFDI y pagos correspondan al personal asignado.
  • Que la documentación se reciba con la periodicidad que exige la ley.
  • Que todo quede integrado en un expediente por proveedor.
Contratante
Riesgos

Lo que pasa sin un expediente completo

Deducción rechazada

El SAT puede rechazar la deducción y el acreditamiento del IVA.

Retrasos en pagos

Pagos a proveedores detenidos por falta de entregables.

Ordena tu expediente REPSE

Proceso

Cómo integramos tu expediente

  1. 01

    Mapa de entregables

    Definimos qué documentos aplican a cada contrato y con qué periodicidad.

  2. 02

    Recepción

    Integramos los documentos de la prestadora o los que recibe el contratante.

  3. 03

    Revisión y conciliación

    Validamos CFDI, pagos y declaraciones contra el personal asignado.

  4. 04

    Expediente y alertas

    Resguardamos el expediente y avisamos de faltantes o inconsistencias.

Servicios relacionados

Documentación que cuadra

Estos servicios generan o respaldan los entregables:

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la documentación REPSE

¿Tienes un caso particular? Escríbenos y un especialista en REPSE lo revisa contigo.

Habla con un especialista

¿Qué documentos debe entregar un proveedor REPSE?

Copia de su registro REPSE, los CFDI de nómina del personal asignado, los comprobantes de pago de cuotas al IMSS e INFONAVIT y las declaraciones de retenciones de ISR y de IVA con su acuse de pago.

¿Con qué periodicidad se entregan?

Generalmente cada mes, en el mismo periodo en que se paga la contraprestación; conviene fijarlo en el contrato.

¿Qué pasa si el proveedor no entrega la documentación?

El contratante puede perder la deducción de los pagos y el acreditamiento del IVA, además de quedar expuesto a la responsabilidad solidaria.

¿El contratante debe conservar los documentos?

Sí. Deben integrarse a la contabilidad y conservarse durante el plazo que marcan las leyes fiscales.

¿Pueden revisar la documentación que recibimos de nuestros proveedores?

Sí. Revisamos que los documentos estén completos y que correspondan al personal y al servicio contratado.

¿Esto aplica también a obras especializadas?

Sí. Las obras especializadas siguen reglas similares y, en construcción, se complementan con el SIROC del IMSS.

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